lunes, 11 de diciembre de 2006

Refrescos, impuestos y aclaraciones

Por varios comentarios recibidos respecto del artículo de ayer, veo que cometí el error de dar por conocidos por los lectores los antecedentes de la modificación fiscal que se propone en el impuesto especial a los refrescos embotellados.


Aclaro entonces:

1. Hoy día los refrescos elaborados con fructosa u otros edulcorantes distintos que la sacarosa o azúcar refinada están gravados con un IEPS de 20 por ciento, lo que es discriminatorio, aberrante y contrario a todas las prácticas de libre comercio pactadas en tratados que México ha firmado. (Por contraste, los refrescos endulzados con sacarosa, procedente de la caña, no están gravados con el IEPS).

2. Para corregir esa aberración se propone establecer un IEPS general a todos los refrescos embotellados con una tasa de sólo cinco por ciento; de aprobarse este cambio: A. No habrá un trato fiscal discriminatorio en contra de una industria – productores e importadores de fructosa- y los productores de refrescos competirán en igualdad de circunstancias, independientemente del edulcorante que usen y B. Se eliminará la barrera no-arancelaria completamente injustificada a las importaciones de fructosa y México podrá cumplir con lo ordenado por todos los paneles internacionales de controversia que se llevaron a cabo a raíz de ese gravamen aberrante, establecido en 2002 exclusivamente para beneficiar a los cañeros, a los dueños de ingenios y a los fabricantes de refrescos endulzados con sacarosa y en contra de la libre competencia.

3. Así, el impuesto no se está proponiendo por razones de salud pública, sino de neutralidad tributaria. Fui yo quien saque a relucir el argumento de salud pública, ante los escandalosos argumentos de los productores de refrescos en contra del impuesto. Alegatos basados en la presunción de que el impuesto es malo porque disminuirá el consumo de refrescos endulzados con sacarosa, cuando en términos de salud pública eso, la disminución en el consumo, sería magnífico.

Dicho de otra forma: Que alguien diga que una eventual reducción del consumo de azúcar refinada en México es indeseable, cuando están comprobados los daños a la salud que provoca la ingesta excesiva de esa fuente de calorías y cuando es un hecho que es una de las principales causas de la obesidad y el sobrepeso en México, a través del abundante consumo de tales refrescos, me parece escandalosamente cínico. Peor cuando las víctimas de ese pésimo hábito son, sobre todo, niños y jóvenes pobres.

Pero este caso me da oportunidad de abordar, a partir de mañana, un asunto que es motivo de aleccionadoras controversias, que es el de dilucidar si es deseable que se usen los impuestos para castigar externalidades negativas y para premiar externalidades positivas.

El asunto ha llevado a la creación del "Club Pigou" – por Arthur Pigou (1877-1959) economista que desarrolló el concepto de externalidades-, club del que es entusiasta promotor el prestigiado economista Gregory Mankiw, autor de uno de los textos más completos y populares de principios de economía y profesor en la Universidad de Harvard.

En respuesta también se ha creado el Club No-Pigou, que se opone a impuestos y subsidios en respuesta a las extarnalidades.

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