Los ejes cartesianos y la propiedad intelectual
¿Qué creaciones intelectuales deben ser protegidas por la ley a favor de sus creadores y qué creaciones intelectuales deben inmediatamente, tan pronto son conocidas, volverse de dominio público?
Los llamados ejes cartesianos, que es probable pero no cien por ciento seguro que hayan sido “inventados” por René Descartes, son una formidable herramienta para descifrar la realidad, explicarla y operar sobre ella. Es incalculable, en este como en el caso de muchos otros hallazgos intelectuales, el aporte de productividad – y por tanto de riqueza- que los ejes cartesianos han dado a la humanidad.
Ayer en su espléndido weblog el profesor de Economía de la Universidad de Harvard, Greg Mankiw planteó, palabras más o palabras menos, la pregunta que encabeza, en cursivas, estas líneas. Si yo no respetase los derechos de propiedad (y no me produjera una enorme vergüenza ser pescado en el plagio, evento muy probable si incurriese en esa condenable práctica) deslumbraría a mis lectores “fusilándome” íntegro el documentado y agudo comentario (“post”) del profesor Mankiw. Me limito a referir a los lectores al sitio original y hacer mis propias reflexiones.
Imaginemos que los ejes cartesianos estuviesen protegidos por derechos de propiedad intelectual a perpetuidad y que cada vez que tuviésemos que utilizarlos, por ejemplo: para graficar el crecimiento de las ventas a lo largo del tiempo, tuviésemos que pagar una regalía a los herederos de Descartes. Suena absurdo. Lo es.
Pero tampoco el otro extremo, la total desprotección de la propiedad de los hallazgos intelectuales, es aceptable. Ni el plagio, ni la piratería, ni el robo de marcas o tecnologías, entre otros tipos de despojo, son conductas que debamos tolerar. De hecho, me temo que en buena parte de Hispanoamérica, incluyendo a México, el problema es el contrario: El desprecio a los derechos de propiedad y la constante violación de esos derechos, no pocas veces con la complacencia de los gobiernos.
El debate importante es definir los límites razonables de la propiedad de las ideas y de las creaciones intelectuales. ¿Deben los diseñadores de ropa exigir protección, digamos por tres años, para sus diseños?, ¿en qué consiste la verdadera originalidad del diseño de un vestido, de una página Web o de un automóvil?, ¿puede patentarse un hallazgo filosófico?. ¿Por qué las obras de creación artística – por ejemplo, una novela- son protegidas sólo por 50 años y después pasan a ser “dominio público” negando a los autores, para todo fin práctico, el derecho a heredar a sus descendientes lo más importante de su patrimonio?, ¿es aceptable el monopolio virtual que se deriva en algunos casos, en beneficio del creador, de la protección de una tecnología?, ¿hasta dónde?
El lector ya habrá adivinado que tengo más preguntas y dudas que respuestas. El consuelo es que, dicen los que saben, así se aprende. Por lo pronto, no se pierdan el blog del profesor Mankiw. Prefiero recomendarlo, que robármelo.
2 Comentarios:
Voy a leer con atención los artículos y las opiniones mencionadas. De entrada, sin embargo, me brinca una posible objeción, que puede parecer "humorada" pero NO lo es: Si de veras las ideas - las buenas ideas, las que sirven, las que descifran o cifran la realidad- NO son bienes escasos, ¿cómo le hemos hecho para que haya tanto pelmazo en el mundo? Ya en serio: No estoy de acuerdo. Una de las mayores tragedias de este mundo es el despojo que los incompetentes hacen del trabajo de los competentes...empezando por el trabajo intelectual. ¡Ahora resulte que les vamos a dar "argumentos" para que lo hagan con una bendición dizque liberal!
Leeré con interés el blog del profesor Mankiw, ya que estoy trabajando en una nota para mi blog respecto a las patentes en la industria química y farmacéutica, en donde los plazos de protección de las mismas son totalmente inadecuados. Los ingredientes activos son patentados prácticamente desde el momento de su descubirimiento y varios año de la protección de la patente se consumen antes de que el producto llegue siquiera al mercado. Las pruebas de seguridad y efectividad que deben ser superadas por los productos consumen mucho dinero y aveces toman años. Así, para cuando el producto sale al mercado, las compañias han gastado enormes sumas de dinero en su desarrollo y en realizar pruebas, mismas que tienen que recuperar en el plazo que les queda de patente, lo cual obliga a las empresas a exigir un alto precio. Creo firmemente en que la ley de patetentes en estos sectores debería otorar un mayor plazo de protección dependiendo del las inversiones y tiempo requerido para llevar el producto a mercado.
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