martes, 5 de agosto de 2008

"Caer en lo blandito" (III y final)

Cualquiera diría, si atiende a los "argumentos preliminares" de las reformas a Pemex, que la Constitución mexicana es tan reacia a sufrir modificaciones como las tablas de la ley mosaica; pero no. ¿Usted se acuerda de la ocurrencia de hacer "obligatoria" también la enseñanza preescolar para todos los mexicanos?

Modificar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es una tarea relativamente fácil si la modificación apunta a convertir en ley alguna buena intención o algún buen deseo – como que todos los niños nacidos en México reciban los estupendos beneficios de asistir a un jardín de niños-, pero es tarea ardua o imposible si la modificación que se propone lesiona los intereses de algún grupo poderoso que explota algún mito nacional como es el de la "soberanía petrolera".

La Constitución mexicana – es decir, la institución más importante del país – es el paradigma de la blandura si de lo que se trata es de otorgar derechos abstractos (aun cuando en la práctica tales derechos sean inalcanzables, como el de que todos los niños y todas las niñas asistan a la escuela desde los 3 años de edad o no se tenga la menor intención de convertir los derechos en hechos como sucede con la transparencia y la rendición de cuentas en las entidades federativas) y, a la vez, la Constitución es una coraza inexpugnable si alguien pretende que se modifique para otorgar derechos concretos a las personas de carne y hueso, como el derecho a elegir entre distintos proveedores de energéticos.

El 12 de diciembre de 2002 entró en vigor la modificación al artículo 3 de la Constitución que añadió la palabra "preescolar" al párrafo en el que se indica cuál educación es "obligatoria".

Ese cambio constitucional tomó sólo un año para plasmarse. Algunos impertinentes dijimos que se trataba de un despropósito, porque sería imposible contar con los medios para llevarlo a cabo, además de ser un esfuerzo vano. Pataleos inútiles. Hoy se reconoce que es un deseo imposible de cumplir.

Quien impulsó ese cambio constitucional, el entonces senador José Natividad González Parás – hoy gobernador de Nuevo León-, no ha dicho una sola palabra para explicarnos porqué se consagró en la Constitución tal afán imposible.

Cayó en lo blandito. Tratándose de buenas intenciones todo cabe en la Constitución…aunque sea un despropósito.

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martes, 15 de julio de 2008

Hacia un país de dueños, no de siervos

Para que más de 20 millones de propietarios mexicanos se sientan y actúen como tales: Garantizar en la Constitución la invulnerabilidad de los derechos de propiedad de cada cual sobre su cuenta individual de retiro.


Hoy día las Afores administran más de 80 mil millones de dólares, el 9.1% del PIB, en 38.9 millones de cuentas individuales de pensiones. Como se sabe, el número de cuentas no corresponde al mismo número de ahorradores individuales; existen múltiples duplicaciones y/o cuentas abandonadas por los beneficiarios, sea porque los dueños de esos recursos no saben que los tienen o, peor todavía: porque aun sabiendo vagamente que hay una o más cuentas a su nombre no acaban de "creer" que ese dinero realmente les pertenezca y sospechan que no llegará el día en que ellos o sus beneficiarios podrán disponer libremente de sus recursos.

Debe haber, al menos, 20 millones de dueños de fondos individuales de pensión.

Una de las principales causas de la indiferencia de muchos trabajadores hacia sus fondos de retiro radica en la percepción de que los derechos de propiedad no son respetados en México y de que ese ahorro forzoso es sólo un impuesto disfrazado. A esta percepción contribuye el poco respeto que manifiesta buena parte de la clase política mexicana hacia los derechos de propiedad.

Me refiero a muchos legisladores, dirigentes de partidos políticos, figuras emblemáticas de la arena político-electoral y hasta negociantes adinerados vinculados al poder político. Para muchos de ellos los recursos administrados por las Afores son un jugoso botín del que todavía no logran apropiarse. No hay que tolerar esos amagos de despojo.

Por el contrario, en la hipótesis de que sí existan legisladores y políticos ajenos al hábito depredador (sin duda los hay) una magnífica oportunidad para servir de veras a millones de mexicanos sería establecer en la Constitución la garantía de la propiedad individual imprescriptible e inviolable de cada una de las cuentas para el retiro.

Sería mucho más que una señal redundante. Sería la mejor expresión de un compromiso con la prosperidad del país – que sólo puede fundarse en derechos de propiedad respetados escrupulosamente- y se traduciría en un formidable impulso para que millones de ahorradores mexicanos se convenzan de que de veras son propietarios de esos recursos y actúen como tales.

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miércoles, 18 de junio de 2008

¿El sufragio femenino violó la Constitución?

No hay absurdo – decía Aristóteles – que no encuentre un filósofo dispuesto a defenderlo. Si el "espíritu" del Constituyente de 1917 fue otorgar, como "derecho adquirido" de los varones la exclusividad del voto, ¿habrá que concluir que el sufragio femenino, reconocido en 1953, violó el espíritu de la sacrosanta Constitución?


Una de las reivindicaciones del movimiento vasconcelista a fines de la segunda década del siglo XX en México fue el sufragio femenino. Desde luego, se opuso a ello el flamante Partido Nacional Revolucionario (PNR), simiente del actual PRI, argumentando, entre otras cosas, que las mujeres representaban un peligro para la Revolución dado que en su mayoría estaban bajo la influencia del pensamiento clerical.

Años más tarde, y ante la presión de algunas mujeres decididas incluso a realizar una huelga de hambre para exigir la modificación del artículo 34 de la Constitución (cuya redacción en género masculino parecía limitar la ciudadanía a los varones), el general Lázaro Cárdenas envió una iniciativa de reforma al Congreso para que el nuevo artículo especificase: " son ciudadanos de la República, todos los hombres y las mujeres que…".

Considerando la ferviente sumisión del Congreso a los dictados del Presidente (estamos hablando de 1937 y todos los legisladores eran ya, al menos de dientes para fuera, cardenistas), se hizo el cambio, pero ese reconocimiento de ciudadanía no significó, aún, el derecho a votar y ser votadas.

Llama la atención que el senador Luis Mora Tovar en un principio estuviese en contra de reconocer la ciudadanía a las mujeres y, aunque más tarde cambiase de opinión, haya expuesto de cualquier forma sus prevenciones, entre otras que "la mujer es ignorante por lo que su actuación puede ser peligrosa para el país" y esta otra, típica de la época, "no es el momento oportuno porque las mujeres de la reacción, que son muchas y con muchos recursos, forman un bloque compacto, mientras que las emancipadas están divididas".

Y, al final, esta joya: No es conveniente, dijo Mora Tovar, que a la mujer "se le haga descender a compartir con nosotros – los hombres- esa pestilencia del fango de nuestra democracia".


Pues, ¡qué caballeroso fue el senador!

(Las citas están en el libro "¡Por fin ya podemos elegir y ser electas!" de Enriqueta Tuñón Pablos, 2002, Plaza y Valdes, que también puede encontrarse pinchando aquí en la biblioteca de Google.

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martes, 17 de junio de 2008

La libertad de elegir NO viola la Constitución

Menos mal que no estalló el petardo de la presunta inconstitucionalidad de la reforma al sistema de pensiones del ISSSTE. Si la mayoría de los ministros hubiesen avalado ese alegato significaría que cualquier cambio que amplíe nuestra libertad de elegir ¡viola la Constitución!

La reforma al sistema de pensiones aplicable a los trabajadores del gobierno federal (ISSSTE) amplió el abanico de opciones de los beneficiarios para decidir acerca de su retiro, combinando variables como: edad, tiempo de trabajar en el servicio público (monetizado, si se desea, en un bono de reconocimiento) y los libérrimos deseos de cada cual de hacer con sus ahorros lo que le plazca y de invertirlos en donde le plazca.

Decir que ampliar el abanico de opciones para elegir atenta contra “derechos adquiridos” y, por lo tanto, atenta contra la Constitución es tanto como decir que ser más libres es inconstitucional. Si así fuese, que afortunadamente no es así, habría que desechar la Constitución. La libertad de elegir sobre lo que nos pertenece es un valor superior a cualquier ley, incluida la Constitución.

Lo triste del asunto es que haya ministros de la corte – al menos dos- que hayan estado dispuestos a esgrimir el espantajo de la inconstitucionalidad en contra de la libertad. Y aún más triste fue el descuido (deliberado o involuntario) con el que la mayoría de los medios de comunicación se refocilaron en la ocurrencia-petardo de la inconstitucionalidad, dejando de lado el dictamen exhaustivo y específico que presentó la ministra Margarita Luna Ramos en el que queda clara la improcedencia de los amparos-petardos que promovieron los propagandistas de la izquierda reaccionaria que padecemos, en la mayor parte de los casos engañando vilmente a los trabajadores.

A tiempo, y sin ceder a la moda del conservadurismo izquierdista que padecemos por todos lados, el ministro Mariano Azuela definió la inconsistencia del alegato: “El problema de la retroactividad queda superado, desde el momento en que a nadie se le está obligando a cambiar de sistema”.

Dicho en forma que hasta un retro-izquierdista debería entender: “Antes había de una sola sopa; ahora hay dos o más. ¿Tiene lógica ampararse contra la propia libertad de elegir?, ¿hay que protestar exigiendo que nos regresen las cadenas que nos ataban?”

Referencias en SCJN, ponencias del Pleno 17 y 18 junio 2008.

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jueves, 22 de mayo de 2008

A mí me daría pena…

Sigue la cosecha de despropósitos en el supuesto debate acerca del petróleo…

Cuando hace meses sugerí que la llamada reforma energética debería negociarla la subsecretaría de asuntos religiosos, para que los ánimos de los adoradores del becerro de chapopote pudiesen temperarse, hubo quien se molestó por la sugerencia (además, como si alguien me fuese a hacer caso), pero el tiempo ha mostrado que no andaba muy desencaminado.

Esta semana, entiendo, los sesudos monólogos en el Senado tocaron el sacrosanto "tema" de la constitucionalidad de las propuestas de reforma a Pemex. La semana anterior el turno fue para los "principios" y, siguiendo en la misma línea de exposición dogmática, supongo que la tercera ronda incursionará en el asunto de los diez mandamientos petroleros o en la discusión de si es pecado (anticonstitucional, pues) que Pemex tenga cuentas en instituciones bancarias ¡privadas!, o si podrán entrar al cielo de los hidrocarburos aquellos que compren o vendan gasolina en sábado.

Leí por ahí que el doctor Jorge Carpizo, que lo que sea de cada quien algo sabe de la Constitución y de la famosa constitucionalidad, se disculpó de participar en la puesta en escena pues dijo no ser experto en petróleo. Hizo bien, porque siempre es mejor evitar los reflectores a incurrir en el desdoro de ser pescado en público en flagrante ignorancia.

En cambio, el martes un doctor en derecho, que fue consejero del IFE (usted sabe, los votos son igualitos que los hidrocarburos y las actas electorales son semejantes a los estados de resultados de las empresas), Jaime Cárdenas, dijo cosas tan risibles como que sería anticonstitucional (pecado grave cuya absolución está reservada a "san Peje" en persona) que Pemex tuviese consejeros especializados cuyos patrimonios no fuesen fiscalizados por la Secretaría de la Función Pública. Curiosa versión petrolizada del ministerio sagrado: Sólo podrán celebrar los santos oficios petroleros aquellos consagrados en el altar del servicio público e inscritos en la nómina del presupuesto.

También aseguró que los Pidiregas son anticonstitucionales – como el pecado de maltratar a los animalitos - aunque estoy seguro de que no sabe explicar cómo funciona ese mecanismo de financiamiento de la inversión pública.

A mí me daría pena hacer esos papelitos, pero otros prefieren aventarse al ruedo a lidiar toros ajenos, a pesar de que confunden la muleta con el capote.

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jueves, 27 de marzo de 2008

Políticos: Instrucciones para no equivocarse

Antes de lanzar vetos y restricciones respecto del futuro de Pemex, muchos políticos mexicanos deberían cerciorarse de no estar metiendo la pata sin remedio.

Pequeña guía práctica, dirigida a políticos, para no meter la pata en el asunto de la reforma que requiere Pemex.

Primer paso: Guarden silencio y lean con cuidado el documento "Las Reservas de Hidrocarburos de México. Evaluación al 1 de enero de 2008" que difundió el martes Pemex Exploración y Producción. Es el décimo año en que se publica ese reporte, que es minucioso y preciso.

Segundo paso: No hacer trampa. Prohibido saltarse la introducción y el capitulo 2 que se llama "Definiciones básicas". Primero hay que entender de qué se está hablando. Así podrán saber qué son reservas posibles, reservas probables, reservas probadas y qué son los recursos prospectivos.

Tercer paso: Gracias a la lectura atenta deberán erradicar de ese arsenal de frases hechas, con el que ustedes – políticos insignes- confeccionan discursos y declaraciones, ésa frasecita tan errónea y nociva que habla de "la renta petrolera".No hay tal cosa. En la industria petrolera de hoy y del futuro se acabaron los días en que bastaba estirar la mano y tomar los frutos: ahora hay que trabajar duro, bien y con inteligencia – respetando el saber y la técnica- para obtener beneficios, y aun así los beneficios podrían ser inciertos. ¡Dejen de soñar en mágicas herencias de señoritos!, ¡el patrimonio hay que construirlo!

Cuarto paso: Una vez que hayan entendido todo lo que México puede perder si no actúan rápido para permitir que Pemex se allegue socios, compañeros, aliados o como quieran llamarles, que le permitan a Pemex aprovechar el potencial de los recursos en materia de gas y petróleo, busquen la asesoría de juristas calificados para ver qué cambios deben hacerse y en dónde (Constitución, leyes, reglamentos, catecismos ideológicos) para evitar que México, ¡otra vez!, pierda oportunidades de crecimiento, perjudicando aún más a los mexicanos más fregados.

Quinto paso: Hagan un cálculo político – esos sí saben hacerlos – de cómo la historia y los electores habrán de juzgarlos en unos pocos años. Podrán calificarlos como personajes valientes que tomaron decisiones para el bien de México, y también para beneficio de sus carreras políticas (se vale), o como ignorantes engreídos que no vieron más allá de sus narices y cancelaron, ¡otra vez!, oportunidades preciosas para su país.

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lunes, 18 de febrero de 2008

Políticos vaciando la bañera

¿Cuál es la destreza más apreciada para redactar leyes y reglamentos?, ¿será la capacidad de hacer complicado e ineficiente lo que puede ser sencillo y eficiente?, ¿cómo vacía una bañera un político?, ¿con un gotero o con una cucharita?

Circula mediante correos electrónicos un chiste acerca de cómo en un manicomio diagnosticaban cuáles personas requerían internarse y cuán grave era su padecimiento psiquiátrico. A los candidatos se les mostraba una bañera colmada de agua, así como tres herramientas: una cubeta, una taza y un gotero. Se les preguntaba cómo vaciarían la bañera y sólo pasaban airosos la prueba (es decir: se diagnosticaban como más o menos sanos) aquellos que respondían: "Vaciaría la bañera removiendo el tapón del desagüe". Los demás, sea que propusieran la taza, la cubeta o el gotero, eran internados de inmediato.

Imagen de bañera de 1917, aproximadamente, reformada. Referencia original de bañeras antiguas aquí.



El chiste es injusto. Se supone que los internados en un manicomio ("institución psiquiátrica" para no ofender los castos oídos de la modernidad) están ahí por locos, no por estúpidos.

En cambio, el procedimiento diagnóstico de la bañera podría aplicarse con gran eficacia en algunos exámenes, si los hubiese, para aspirantes a legisladores. Por supuesto, todos aquellos que dijesen que vaciarían la bañera removiendo el tapón del desagüe quedarían descartados: No sirven para hacer leyes y reglamentos porque no saben hacer complicado lo sencillo, ni saben levantar obstáculos a la eficacia y a la productividad.

Son destrezas extrañas, pero así como hay personas a las que les gusta escribir sonetos en los que cada una de las 14 líneas termine en "ix", hay personas que tienen dos o tres problemas que oponer frente a cada propuesta de solución. Por ejemplo, liberar todo el potencial de crecimiento que podría tener una empresa petrolera propiedad del gobierno (del "Estado" para no ofender los castos oídos de la corrección política) sin tocar los impedimentos que establece una Constitución obsoleta es lo más parecido a vaciar una bañera con gotero. Que nuestros políticos se propongan hazañas como ésta, similares a las de quien se propone competir con la internet usando palomas mensajeras, es admirable. Improductivo, desesperante, pero admirable. Para registrase en un libro de hazañas inútiles, como el Guinness.

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jueves, 16 de agosto de 2007

Misterios de la (in)competencia en México

¿Qué tanta chamba le ahorra a la Comisión Federal de Competencia el artículo 28 de la Constitución? Un montón.

La Comisión Federal de Competencia (CFC) surgió en 1993 para “Proteger el proceso de competencia y libre concurrencia mediante la prevención y eliminación de prácticas monopólicas (sic, debería decir: monopolísticas) y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, para contribuir al bienestar de la sociedad”.

En principio es mejor tener una comisión así, que no tenerla. El problema es tener una comisión que parte de unas restricciones constitucionales a la libre competencia – artículo 28- gigantescas. Si a esas restricciones constitucionales le sumamos las meta-constitucionales, que van desde las que impone la corrección política al uso hasta las que se derivan de los criterios personales de los comisionados – en términos de conveniencia de actuar o no en determinados casos-, pasando por un sistema judicial en el que el amparo es el instrumento más socorrido por las empresas en materia tributaria y de competencia, nos queda una CFC con un impacto muy disminuido en el bienestar de los consumidores.

Me parece muy bien que la CFC se preocupe y se ocupe de que ninguna empresa productora de refrescos le imponga restricciones a un estanquillo de abarrotes, pero me da una profunda tristeza que la CFC no tenga nada que decir acerca del monopolio de PEMEX o respecto de la nula competencia en el mercado de la energía eléctrica o en varias otras actividades “estratégicas y prioritarias” (para emplear la fórmula política venerable) para el bienestar de los consumidores.

La situación es más deprimente si uno lee el artículo 28 de la Constitución – ¿por qué forma parte del capítulo de las “garantías individuales”, cuando es más restrictivo de las libertades de los ciudadanos que garante de ellas? - y encuentra que, tras prohibir tajantemente los monopolios y prometer castigar “severamente” las prácticas que impidan la competencia (los dos primeros párrafos), enumera en los siguientes ¡diez párrafos! toda suerte de restricciones a la libre competencia: Desde los monopolios que sí se valen (la estratagema jurídica es decir que no se considerarán monopolios) hasta establecer una anchísima avenida para la intervención discrecional del Estado en los precios y en los mercados.

Toda prevención es poca: No vaya a ser que un día de estos nos vayamos a volver un país competitivo, ¡qué horror!

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sábado, 9 de junio de 2007

¿A favor de la competencia o del dirigismo estatal?

No ha visto la luz la sentencia final de la Suprema Corte acerca de la llamada “Ley de medios”. Deberá de ser una clara definición a favor de la libre competencia; no, como conjeturan algunos nostálgicos del estatismo, una “reivindicación” de la intervención del Estado en la vida económica.

Es ilusorio esperar de un cuerpo colegiado – como es la Suprema Corte- que en el transcurso de sus deliberaciones muestre claridad, precisión y propósitos unívocos. Una cosa son las deliberaciones, el intercambio de argumentos y alegatos, y otra – muy distinta- la sentencia final en la que debe prevalecer un criterio unívoco y una interpretación esclarecedora de la norma constitucional.

En la controversia constitucional por la llamada “ley de medios” muchos comentaristas se han adelantado a los hechos y han dado por zanjado el asunto sin esperar a la redacción de la sentencia definitiva. Para la mayoría de quienes conforman la “comentocracia” la sentencia ha sido: “Perdieron las televisoras”. No les falta razón si lo que quieren decir, con ello, es que la Corte ha revertido la ignominiosa aprobación de una ley diseñada al gusto de dos corporaciones que, bajo el pretexto de ajustar la ley a los avances tecnológicos, intentaron mantener un estado de cosas en el que dicha modernización se daría sólo al gusto y al ritmo que impusieran los intereses de esas corporaciones. No en beneficio de una mayor competencia, y por ende no en beneficio de los consumidores, sino como garantía de rentas de oligopolio.

Pero se equivocan dichos comentaristas cuando dan por terminado el asunto e interpretan que la Corte ha “reivindicado” el dominio o rectoría del Estado sobre los medios de comunicación electrónica. ¡Dios – y la Corte- nos libren de tal desatino!

Lo más probable y deseable es que la sentencia final de la Corte se fundamente en el imperativo de que deben erradicarse las prácticas monopolísticas y garantizarse la libre competencia en los mercados, no en el anacrónico y opresivo argumento de que el Estado debe regir la actividad económica.

La distancia es abismal. En el primer caso, se tratará de una victoria de la democracia y de la libertad; en el segundo iríamos de lo malo – el corrupto capitalismo de compadres- a lo peor: el intervencionismo gubernamental en contra de la libertad de los ciudadanos.

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domingo, 21 de enero de 2007

Recuperar nuestra mejor Constitución, la liberal

La mejor Constitución que ha tenido México es la de 1857. Su esencia liberal, para nuestra vergüenza y desgracia, ha sido traicionada sistemáticamente desde el régimen de Porfirio Díaz hasta nuestros días.


Ayer el historiador Enrique Krauze publicó un excelente artículo recordándonos que el próximo 5 de febrero se cumplirán 150 años de la promulgación de la Constitución de 1857. Un recordatorio más que oportuno ante la pertinacia con que nuestra clase política e intelectual desdeña y hasta denosta lo más valioso de nuestra tradición histórica: La corta vigencia del liberalismo durante la República Restaurada.

El 11 de septiembre pasado publiqué en estas Ideas al vuelo (“Renovar el acuerdo liberal”) lo siguiente:

“Necesitamos acercarnos más a la Constitución de 1857 para renovar y corregir con inteligencia la de 1917. Necesitamos superar las desviaciones, contrarias al Estado de Derecho liberal en que incurrió México a lo largo del siglo XX. (…)
“México cuenta, en su tradición liberal del siglo XIX, con la mejor fuente de inspiración para insertarse plenamente en el siglo XXI, en el siglo de la globalización, que será también en el siglo de las personas; no de las colectividades. Por ello, gran parte de la modernización de México tiene mucho de restauración de los valores que inspiraron a la República restaurada.
“Principios básicos del Estado de Derecho liberal:
“1. Supremacía de la Ley. Todos (gobierno y ciudadanos) estamos sujetos a la Ley.
“2. Un concepto de justicia fundado en los derechos individuales – y no en vagos y engañosos "derechos sociales", que son de todos y de nadie- con énfasis en la adjudicación interpersonal (propiedad privada). Una justicia sustentada en el cumplimiento de los estándares y procedimientos establecidos por la misma Ley.
“3. Restricciones a todo poder discrecional. La discrecionalidad más dañina es la del Poder Ejecutivo, porque sus efectos sobre los ciudadanos son inmediatos e inciertos. Pero también hay que combatir la discrecionalidad del Poder Legislativo, que si bien no siempre genera un daño inmediato provoca incertidumbre, y la discrecionalidad del Poder Judicial que si bien no es incierta, genera daños inmediatos sobre el ciudadano afectado.
“4. Independencia judicial efectiva, con certidumbre por la permanencia de la ley, independientemente de coyunturas y circunstancias.
“5. Balances y contrapesos efectivos entre los poderes, para que nadie pueda ceder a la tentación de la arbitrariedad o del poder omnímodo. Todo poder debe estar restringido por otros, y de esa forma el poder estará, en última instancia, en los ciudadanos y no en los gobiernos.”


La más que lamentable confusión del liberalismo clásico con las artimañas de la masonería y con un obtuso anticlericalismo abonaron al desprestigio del término “liberal”. A ello súmese la gran ignorancia de la opinión ambiente (que identifica, con frecuencia, “ser liberal” con “ser libertino”) y se comprenderá que deberíamos empezar por entender qué es el liberalismo clásico y cómo se opone, por igual, al conservadurismo y al socialismo (ver el formidable alegato de Hayek: Why I'm not a conservative, aquí).

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